TRIBUNALES
Acepta tres años por estafar 70.000 euros al SCS con la venta de material ortoprotésico
El hombre acusado de estafar cerca de 70.000 euros al Servicio Cántabro de Salud (SCS) con la venta de material ortoprotésico ha reconocido este miércoles los hechos en el juicio contra él, en el que ha aceptado una pena de tres años y un mes de cárcel.
Antes de la vista oral, celebrada con conformidad de las partes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la Fiscalía solicitaba cinco años y un mes de prisión.
Tras el acuerdo entre el ministerio público, la acusación particular -ejercida por el SCS- y la defensa, la Sala ha impuesto un año y un mes de encarcelamiento al procesado por un delito continuado de falsedad en concurso con otro de estafa, y dos años más por tenencia ilícita de armas. Y es quedurante la entrada y registro del establecimiento que regentaba en Maliaño (Cantabria), se encontró una pistola semiautomática apta para su uso.
El tribunal también ha condenado al enjuiciado al pago de una multa de 374 euros, a razón de una cuota diaria de 2 euros durante seis meses y un día (y frente a los 1.800 reclamados por la fiscal antes del plenario), y a que indemnice al SCS con 69.742 euros.
Según el relato de hechos probados que se llevará a la sentencia, sobre la que ya se ha decretado firmeza al comprometerse las partes a no recurrirla, el hombre solicitaba reintegros de gastos por prótesis que vendía en su local sin contar con autorización para ello.
Así, entre 2014 y 2018 y "actuando con ánimo de enriquecimiento injusto", el ahora condenado remitió a la Consejería de Sanidad "al menos 133 solicitudes" de reintegro de gastos de material ortoprotésico adquirido en su establecimiento "por él mismo y por numerosos clientes".
El hombre adjuntaba informes médicos que prescribían el citado material, a los que había "incorporado mendazmente firmas y sellos de facultativos especialistas" que no lo habían prescrito, o "datos, nombres o información que no constaban en los informes originales".
El SCS procedió al "abono ilegítimo de las prestaciones solicitadas", en unos casos directamente al acusado y en otros, a los clientes, quienes luego entregaban las cantidades percibidas al acusado como pago del material.