Las trabajadoras cántabras Isabel López, Sonia Clabuig, Virginia del Moral, Asun López, Eva Berodia, Marta Pellón, Marta Fernández, Arancha Varela y Patricia Pinto fueron despedidas de la empresa de contact center AON Mobile cuando se estaban preparando para presentarse a las elecciones sindicales.
Tras registrar su denuncia en la Inspección de Trabajo, FESMC-UGT ha trasladado el caso a sus servicios jurídicos
El magistrado ha fijado una indemnización de 9.000 euros que GSW tendrá que pagar a este empleado por daños y perjuicios.
Las trabajadoras despedidas se desempeñaban como teleoperadoras y algunas llevaban ocho años de servicio en diferentes empresas del grupo de telemarketing.
El sindicato ha señalado que esta “práctica absolutamente antisindical” se produce “a 45 días del inicio del proceso electoral” en la empresa, por lo que considera que es una “maniobra para quitarse del medio” lo que “les resulta un estorbo”.
La empresa ha mandado un comunicado a los empleados en el que no solo menciona los motivos por los que se produce el despido colectivo sino que insta a crear una “comisión negociadora”, y da un plazo de 30 días para desarrollar un periodo de consultas en el que se atenúen las “consecuencias para los trabajadores afectados".
El sindicato aclara que el centro Miguel Bravo del Barrio Pesquero de Santander decidió el despido de las docentes “sin comunicación previa, sin aportar la propia carta de despido y las causas que lo propician y dándolas de baja en la Seguridad Social en fechas no coincidentes con el certificado de empresa”.
El Tribunal de Justicia de la UE ha desdicho a la legislación laboral española declarando nulo el despido durante la baja médica.
El TSJC considera que la “encadenación de contratos temporales” hace que se le considere “indefinida no fija”, a lo que se suma que el despido se realizó después de un permiso de lactancia.