TRÁFICO
Este domingo entran en vigor los cambios de la nueva ITV, que refuerza el control de las emisiones
Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la posibilidad de elegir la estación donde pasar la segunda inspección tras la obtención de un resultado desfavorable en la primera.
El nuevo Real Decreto que entra en vigor este domingo, día 20 de mayo, regulará en España la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) durante los próximos años.
Entre las novedades que presenta esta nueva norma destaca que los conductores tendrán la posibilidad de elegir la estación donde pasar la segunda inspección tras la obtención de un resultado desfavorable en la primera. La segunda estación, que será elegida por el usuario, se limitará a comprobar que, efectivamente, los defectos detectados en la primera han sido reparados.
Así, se asegura la imparcialidad de los operadores mediante incompatibilidades específicas del comercio de vehículos y de las empresas de transporte por carretera y la exigencia de que todas las estaciones de ITV estén acreditadas como organismo de inspección de tercera parte, tipo A.
Por su parte, las estaciones también utilizarán herramientas de lectura del sistema de diagnóstico a bordo (OBD). En 2018, se empezará con el control de emisiones y será a través de las estaciones de ITV donde se establezca cuándo y cómo se realizará el control del resto de elementos del vehículo, como por ejemplo el sistema antibloqueo de frenos, el control de estabilidad, los airbags o los pretensores de los cinturones de seguridad, entre otros.
La nueva normativa no introducirá nuevos límites de emisiones ni controlarán nuevos gases nocivos
Asimismo, se reforzarán los procedimientos de formación de los inspectores, con formación de actualización cada tres años y permitiendo la formación profesional y 'online'.
Los candidatos a inspector deberán tener la titulación de técnico superior en automoción u otras equivalentes, o bien la titulación de técnico en electromecánica de vehículos automóviles u otras similares. En este último caso, con una experiencia de tres años.
Por otro lado, la nueva normativa no introducirá nuevos límites de emisiones ni controlarán nuevos gases nocivos, aunque a partir del 10 de septiembre las estaciones chequearán el sistema de control de emisiones a través del OBD de los vehículos Euro 5 y Euro 6.
También abre la posibilidad de pasar la ITV hasta un mes antes de la fecha de su vencimiento, sin que por ello se modifique la fecha de la siguiente inspección, y se admite la ITV realizada en otro estado miembro de la Unión Europea cuando se solicite su matriculación en España, mientras que podrán ser catalogados como históricos aquellos vehículos con más de 30 años desde su primera matriculación.
Los operadores actuales tienen un año adicional –a partir de este 20 de mayo- para adaptar sus instalaciones y equipos a los nuevos requerimientos, acreditar el cumplimiento de las nuevas obligaciones y obtener su acreditación como organismos de inspección de tercera parte, si aún no la tienen.
Por su parte, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y las comunidades autónomas elaborarán en los próximos meses un nuevo Manual de Procedimiento de Inspección de las estaciones de ITV acorde con la normativa europea.