Torrelavega Puede pide un impuesto a los grandes centros comerciales
Torrelavega, sostienen, no es una "excepción", sino que Sierrapando constituye un "ejemplo claro de masificación comercial", ya que en este barrio se asientan "un sinfín" de superficies comerciales.
Torrelavega Puede presentará este martes, 30 de enero, una moción al Pleno del Ayuntamiento para pedir un impuesto a los grandes establecimientos comerciales de Cantabria, con la idea de que el debate sobre el impacto económico y medioambiental de estas superficies llegue también al Parlamento de Cantabria.
Así lo ha indicado la formación morada en un comunicado en el que recuerda que en mayo de 1982 abrió en Peñacastillo la primera gran superficie de la región, a la que desde entonces se han sumado otras, con las que "queda fuera de duda el impacto negativo que han causado, no solamente en términos económicos sino también medioambientales".
Torrelavega, sostienen, no es una "excepción", sino que Sierrapando constituye un "ejemplo claro de masificación comercial", ya que en este barrio se asientan "un sinfín" de superficies comerciales.
Denuncian en este sentido que el crecimiento de estas áreas se ha producido "a costa" del negocio tradicional, ubicado en el centro urbano y los barrios, "cuyo estado de deterioro es palpable con solo dar un paseo por la ciudad y ver los más de 400 locales vacíos existentes".
Señalan además que la ubicación de estos centros de consumo, "alejados" del centro urbano, ha fomentado la utilización "masiva" de vehículos. A modo de ejemplo, desde Torrelavega Puede indican que la mayor de las superficies comerciales ubicadas en este barrio (Carrefour) recibe más de 2 millones de vehículos al año, según "fuentes oficiales" de la empresa.
El impacto ambiental -al que se suma el económico, ya que las grandes superficies han llevado a numerosas pequeñas y medianas empresas al cierre "al no poder competir en condiciones de igualdad"- ha motivado la implementación de un impuesto sobre grandes establecimientos comerciales (IGEC) en varias comunidades. En concreto tres, -Cataluña, Aragón y Asturias-, la mitad que las que inicialmente se mostraron a favor de promoverlo.
De naturaleza extra fiscal, se distingue de otros tributos generales por no responder a una finalidad estrictamente recaudatoria. Esta función está admitida por el Tribunal Constitucional, y son las autonomías las que pueden implantarlo.
El IGEC parte del principio "quien contamina paga" contemplado en el artículo 191.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, aunque su implantación ha estado sujeta a la "beligerancia jurídica" de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED), un "lobby o grupo de presión" que ha hecho "todo lo posible" para que la justicia europea se posicionase en contra de este impuesto y lo declarase ilegal, amparándose para ello en la vulneración de la libertad de empresa.
Sin embargo, un reciente informe de la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Juliane Kokott avala el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales (IGEC), pues parece "adecuado" y "no resulta desproporcionado".