AYUDAS

El plazo para solicitar subvenciones para rehabilitar fachadas concluye este viernes

Las ayudas son para la restauración y conservación de edificios de carácter residencial

El objetivo de estas ayudas es mejorar la imagen de edificios residenciales de la ciudad

El plazo para solicitar las subvenciones para la rehabilitación de fachadas en la segunda convocatoria de este año, dotada con 26.661 euros, concluye este viernes, 21 de octubre.

La cantidad destinada a esta convocatoria se suma a los más de 50.000 euros ya concedidos en la primera, en la que el importe medio de las subvenciones concedidas fue de aproximadamente 1.500 euros, con varias subvenciones superando los 2.400 euros.

mejorar la imagen de edificios residenciales, crea empleos directos, reactivando el sector de la construcción a través de la contratación de pequeñas y medianas empresas para acometer estos trabajos

El objetivo de estas ayudas es "mejorar la imagen de edificios residenciales, crea empleos directos, reactivando el sector de la construcción a través de la contratación de pequeñas y medianas empresas para acometer estos trabajos".

En cuanto al tipo de ayudas, existen dos modalidades. El Tipo B, la más corriente, porque es a la que más edificios se pueden acoger, se refiere a obras para la rehabilitación de fachadas en cualquier situación, dentro de las cuales se diferencia el Tipo B1 para rehabilitación "total" de fachadas, en la que se concede una subvención del 25% del importe total de la obra, sin exceder a los 2.400 euros por inmueble. Además, está el Tipo B2 para obras parciales en fachadas, con una subvención del 20% del importe y un tope por inmueble de 1.500 euros.

Al otro tipo de subvenciones, Tipo A, solo se pueden acoger los inmuebles catalogados por protección integral o ambiental, unos 165 en toda la ciudad, los cuales pueden acogerse a subvenciones de entre el 25% y 50% del importe total, con un tope de entre 3.000 y 9.000 euros por inmueble, dependiendo del grado de protección.

En cuanto a los requisitos, las ayudas son para la restauración y conservación de edificios de carácter residencial, quedando exentos de la subvención los inmuebles que estén desocupados, o con un único propietario.

Además, la obra debe iniciarse con posterioridad a la solicitud de la subvención y debe ser solicitada por toda la comunidad de vecinos, aunque la actuación afecte sólo a una parte de la fachada, que por algún motivo esté en peor estado.