Administración

Una ordenanza regulará la administración electrónica del Ayuntamiento desde este jueves

José Luis Urraca Casal

Garantiza a los ciudadanos ser atendidos electrónicamente y reducir la documentación a aportar en sus trámites.

La administración electrónica del Ayuntamiento de Torrelavega estará regulada a partir de este jueves por una ordenanza que garantizará a los ciudadanos poder elegir si relacionarse con el Ayuntamiento de manera presencial --como hasta ahora-- o electrónica, siendo esta última obligatoria para las personas jurídicas.

Según ha indicado el Consistorio en un comunicado, en la última Comisión Informativa de Régimen Interior y Recursos Humanos se ha dictaminado favorablemente la nueva Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Torrelavega, que figura como uno de los puntos del orden del día del Pleno de la Corporación de este jueves, donde se debatirá y votará.

Según el concejal de Régimen Interior, José Luis Urraca Casal, el objetivo de esta iniciativa es garantizar los derechos de los ciudadanos para facilitarles los trámites que tengan que realizar con el Ayuntamiento y proseguir dando pasos en la administración electrónica.

A través de esta ordenanza, el Ayuntamiento garantizará el acceso de la ciudadanía a los servicios electrónicos mediante un sistema de varios canales. Las oficinas de atención presencial que se determinen pondrán a disposición de la ciudadanía los medios e instrumentos precisos de forma libre y gratuita.

Además, se podrán obtener del Ayuntamiento documentos electrónicos, acceder a la información administrativa, registros y archivos, participar en los procesos de toma de decisiones y en la mejora de la gestión municipal y de recibir respuesta a las peticiones y consultas formuladas, todo ello a través de medios electrónicos.

Los servicios que actualmente ya ofrece el Ayuntamiento en la sede electrónica https://sede.torrelavega.es están operativos las 24 horas del día, todos los días del año.

Por otro lado, los ciudadanos ya no tendrán que aportar nuevamente determinados documentos cada vez que realicen un procedimiento administrativo en el Ayuntamiento, como es el caso de la copia del Documento Nacional de Identidad o de certificados y documentos acreditativos del cumplimiento de unos requisitos que sean emitidos por el propio Consistorio o por otra Administración pública, ya que bastará con hacerlo una vez.

ACTAS AUDIOVISUALES DE LOS PLENOS

Con la entrada en vigor de la Ordenanza se grabarán las sesiones de los Plenos de la Corporación, que pasarán a tener validez como acta audiovisual. Deberán conservarse de forma que se garantice la integridad y autenticidad de los ficheros electrónicos correspondientes y el acceso a los mismos por parte de los miembros del órgano colegiado.

Por otro lado y de acuerdo a la Ley de Contratos del Sector Público, el procedimiento para la adjudicación de contratos del sector público también será exclusivamente electrónico a partir de unos meses.