Convocado el Pleno que aprobará las Ordenanzas Fiscales para 2018
Será el miércoles, 16 de octubre, a partir de las 19 horas. Finalmente, la modificación presupuestaria se debatirá en el Pleno ordinario de finales de mes.
Hoy se ha convocado el Pleno Extraordinario para debatir y aprobar la Modificación de Ordenanzas Fiscales del ejercicio 2018. Según ha informado el concejal de Hacienda, Pedro Pérez Noriega, dicho Pleno tendrá lugar el miércoles, 18 de octubre, a partir de las 19 horas, y, finalmente no incluirá la Modificación Presupuestaria.
Pérez Noriega ha explicado que desde el equipo de gobierno PSOE-PRC se ha decidido tratar dicha modificación en el Pleno ordinario del mes de octubre con el objetivo de “buscar más apoyos” de los grupos de la Corporación e “intentar llegar a algún acuerdo más” que posibilite sacar adelante, ha dicho, un modificación que permitirá acometer proyectos “necesarios” para Torrelavega, por un importe total de más de 2 millones de euros. Entre ellos, la adquisición de un local de la tercera edad en Nueva Ciudad, la ampliación del parque de Ganzo con elementos biosaludables, infantiles y juveniles, el parque de Lasaga Larreta, la instalación de ascensores en el Centro de Formación de Barreda, el equipamiento de la Plaza de Abastos, o partidas para sacar a licitación otros proyectos como la reforma de la Plaza de La Llama, la Plaza de La Asunción, o la apertura de viales en Tanos .
El responsable de Hacienda ha indicado que, si bien la modificación no ha recibido una “negativa frontal”, sí hay alguna partida que genera “desacuerdos”, de ahí que se vayan a “seguir las conversaciones”. También ha recordado que en la Comisión de Hacienda celebrada el pasado 11 de octubre la propuesta del equipo de gobierno salió adelante con los votos a favor de PSOE, PRC; la abstención del PP; y los votos en contra de los demás grupos de la Corporación.
ORDENANZAS FISCALES
En cuanto a la Modificación de Ordenanzas Fiscales para 2018, Pérez Noriega ha manifestado la confianza del equipo de gobierno en que la misma salga adelante tal y como ocurrió en la Comisión del pasado 11 de octubre, en la que obtuvo el respaldo de Torrelavega Sí.
En dicha propuesta, ha señalado, se incluye una rebaja del IBI de un 5% y del 1% en el Impuesto de Vehículos.
Respecto a la bajada del IBI un 5% Pérez, Pérez Noriega ha dicho que es una situación “intermedia” frente a la planteada inicialmente por el equipo de gobierno del 4%, que “garantiza” que “ningún” vecino vea incrementado el IBI de sus inmuebles. La aplicación de esta rebaja, ha añadido, supondrá para las arcas municipales un descenso en la recaudación de 180.000 euros.
En cuanto a la rebaja del 1% en el Impuesto de Circulación, ha afirmado que es una propuesta “razonable y asumible” que supondrá una merma en los ingresos de unos 29.000 euros al año.
En relación al resto de las tasas e impuestos municipales, ha recordado que se congelan, excepto una “pequeña” modificación en las tasas para el uso del Teatro Municipal Concha Espina, y la ampliación que se propone de epígrafes fiscales para que más empresas puedan acceder a la bonificación trimestral por recogida de cartón que oscilará entre los 5 y los 7 euros.
PLIEGO CONTRATACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA DE CENTROS PÚBLICOS, DEPENDENCIAS MUNICIPALES…
Por otro lado, en el Pleno convocado para el miércoles, se dará cuenta de la resolución de Alcaldía en la que se rectifica el pliego de cláusulas administrativas particulares que ha de regir la contratación del servicio de ‘Limpieza de centros públicos, dependencias municipales, instalaciones deportivas y otras atenciones’.
En dicha resolución, y con el objetivo de subsanar el error, que por omisión, hay en dicho pliego al no haberse incluido la cláusula administrativa propuesta en fecha 15 de junio de 2017 por la Jefa del Servicio de Movilidad, Energía y Medio Ambiente, relativa a la subcontratación, se resuelve incluir la siguiente cláusula:
El adjudicatario no podrá en ningún caso concertar con terceros la realización parcial de la prestación, quedando por tanto prohibido subcontratar para de los servicios objeto del contrato.
El incumplimiento de esta prohibición, que se considera una obligación contractual esencial, podrá dar lugar a la resolución del contrato por causas imputables al adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 223.f)TRLCSP
Asimismo, se establece ordenar la publicación de nuevo anuncio de licitación rectificado, en el Diario Oficial de la UE y demás boletines oficiales en que se preceptiva la publicación, abriéndose nuevo plazo de presentación de proposiciones durante los 40 días naturales siguientes a la publicación del anuncio.