POLÍTICA
El Gobierno del PP recurre la Ley de Amnistía y recusa al presidente y dos magistrados del Constitucional
El Gobierno de Cantabria ha presentado este martes un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía por "vulnerar los principios de separación de poderes, seguridad jurídica e igualdad entre españoles"; así como la recusación del presidente del Tribunal Constitucional (TC), Cándido Conde Pumpido, y los magistrados Juan Carlos Campo Moreno y Laura Díez Bueso.
Así lo ha anunciado la presidenta regional, María José Sáenz de Buruaga (PP), para quien se trata de una cuestión de "decencia democrática" y cuyo recurso se suma al que también ha presentado el Parlamento de Cantabria contra la misma norma, aprobada en el Congreso de los Diputados el 30 de mayo de 2024.
Buruaga ha señalado que como Gobierno de Cantabria tienen "la obligación y también el deber moral de actuar para defender el orden constitucional y el interés general". A su juicio, la Ley de Amnistía, "aprobada por Pedro Sánchez a cambio del apoyo de los independentistas a su investidura" es un "misil en la línea de flotación de la democracia y un grave ataque al modelo de convivencia". En este punto, ha garantizado que el Gobierno autonómico no va mirar para otro lado porque "nadie puede estar por encima de la ley ni vender España a cambio de poder".
RECURSO
El texto que ha presentado este martes el Gobierno de Cantabria argumenta la "inconstitucionalidad" de la Ley de Amnistía por "vulnerar los principios de separación de poderes, seguridad jurídica e igualdad entre los españoles". En concreto, el Ejecutivo autonómico plantea que la Ley de Amnistía "vulnera" el principio de separación de poderes, al "atribuir al legislativo una función, la de otorgar amnistías, que expresamente no le reconoce la Constitución y que es cualitativamente distinta de dictar leyes, tal y como se ha considerado históricamente".
Además, considera que la Ley de Amnistía "no tiene en cuenta la división de poderes al invadir la potestad jurisdiccional de juzgar y ejecutar lo juzgado, que corresponde en exclusiva a jueces y tribunales, vulnerando el artículo 117 de la CE".
De hecho, apunta que "se prohíbe al juez que esté investigando hechos delictivos realizados en el contexto del proceso independentista, que continúe con la investigación y, además, se pone en libertad al preso y se levantan todas las medidas cautelares que haya adoptado. En caso de que ya se haya dictado sentencia, ésta se deja sin efecto".
En su recurso, el Gobierno cántabro también apela a "la vulneración del principio de igualdad", que se proclama en los artículos 14 y 139 de la Constitución, ya que "recoge un trato diferenciado para los que han cometido delitos en el marco del proceso independentista respecto a los que los han cometido al margen del proceso de secesión, y lo justifica en motivos exclusivamente ideológicos".
Relacionado con ello, Cantabria también ve "una vulneración del principio de seguridad jurídica", recogido en el artículo 9.3 de la CE, ya que, según dicha ley, "si el hecho delictivo se ha cometido con el propósito de promover, reivindicar o procurar la secesión de Cataluña o ha contribuido a esos objetivos, se puede otorgar la amnistía, lo que hace que la ley sea arbitraria y genera distorsiones en el principio de igualdad".
Al margen, el Ejecutivo de Buruaga considera que la Ley de Amnistía "vulnera el principio de que los fondos públicos deben utilizarse de acuerdo con los principios de eficiencia y economía", ya que "perdona las responsabilidades contables de los que han manejado los fondos públicos para fines ilícitos, y que cuantifica entre 8 y 10 millones de euros, sumando 5 millones que deberán abonar los responsables de la consulta que se promovió en 2014, la reclamación de 3,5 millones de euros de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas y los 3,3 millones de euros que reclama Sociedad Civil Catalana".
Otro de los principios que "vulnera" la Ley de Amnistía, a juicio del Gobierno de Cantabria, es el de igualdad entre los españoles, ya que "otorga amnistía a aquellos que han cometido un delito en el contexto del proceso independentista frente a aquellos que lo hicieron al margen de éste. La diferencia entre unos y otros está en la ideología".
Precisamente, ha recordado que este aspecto ha motivado la cuestión de inconstitucionalidad que el Tribunal Supremo ha presentado contra la Ley de Amnistía, tras examinar un recurso de casación que presentó un condenado por tirar adoquines contra los cristales del edificio de los juzgados de Gerona en octubre de 2019. Según ha apuntado, la Ley de Amnistía hace que "si ese mismo hecho lo hubiera cometido protestando por un desahucio debería afrontar sus responsabilidades".