Laboral

UGT, ELA, BUB y USO convocan siete días de huelga en todas las plantas productivas de Bridgestone

Entrada a la fábrica de Bridgestone en Puente San Miguel

Los sindicatos pretenden “forzar a la empresa a un convenio colectivo de eficacia general” y no descartan más movilizaciones si la Dirección “se escuda en el convenio de eficacia limitada suscrito únicamente con CCOO”.

El comité intercentros de Bridgestone (UGT, ELA, BUB y USO) ha convocado siete días de huelga (del 29 de enero al 4 de febrero) en todas las plantas productivas de la multinacional, incluida la de Puente San Miguel (Cantabria), para forzar a la Dirección de la empresa a un acuerdo de convenio colectivo de eficacia general, tras haber firmado CCOO uno de eficacia limitada. Así lo ha anunciado este martes en un comunicado UGT, que ha asegurado que“todos los sindicatos representados salvo CCOO respaldan esta semana de huelga motivada por un convenio colectivo de eficacia limitada “intolerable” que “sólo recoge un acuerdo salarial sin tener en cuenta el resto de las demandas sindicales que se han venido tratando en los dos años de negociaciones del nuevo convenio colectivo”.

Según ha precisado la sección sindical de la Federación de Industria, Construcción y Agro (UGT-FICA) en Bridgestone, “no se descartan más movilizaciones después de estos siete días de paros si la empresa mantiene su negativa a suscribir un convenio de verdadero consenso con la mayoría sindical y de eficacia general”. En este sentido, el comité intercentros de Bridgestone exige que el nuevo convenio colectivo de la empresa sea de eficacia general y estipule no sólo los aumentos salariales desde 2016, sino también otras reivindicaciones sindicales “irrenunciables”, como la jornada laboral y las nuevas contrataciones, con un porcentaje de conversiones de empleos temporales en indefinidos y la regulación de los trabajadores con contratos en prácticas.

En una asamblea, los afiliados de UGT-FICA en Bridgestone rechazaron por amplia mayoría, un 70%, adherirse al convenio de eficacia limitada suscrito unilateralmente por la Dirección de la empresa y CCOO.