Sobreseída la causa contra Sota por el ‘caso Sogiese’
OlaCantabria denunció en septiembre de 2018 a Sota por no actuar ante supuestos sobresueldos a algunos trabajadores de Sogiese.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha archivado la denuncia de OlaCantabria contra el consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Juan José Sota (PSOE), por el 'caso Sogiese' "por no ser los hechos constitutivos de delito", con lo que se sobresee libremente la causa. Así se señala en un auto de fecha 14 de enero dictado por el magistrado instructor de la Sala, Juan Piqueras, al que ha tenido acceso Europa Press y que hasta el día 24 de enero se puede recurrir, algo que OlaCantabria aún no ha decidido, según han explicado a esta agencia fuentes cercanas al caso. El TSJC declara de oficio las costas.
Con este archivo, la Sala expresa el mismo criterio que ya lo hizo la Fiscalía de Cantabria, que, en un escrito de 14 de diciembre, solicitó el archivo de las actuaciones abiertas en el TSJC a raíz de la denuncia de OlaCantabria contra Sota al entender también que los hechos que en ella se señalan "no son constitutivos de delito".
OlaCantabria, partido al que pertenece el diputado Juan Ramón Carrancio, ex de Ciudadanos pero integrante del grupo mixto, denunció en septiembre de 2018 a Sota, por no actuar ante supuestos sobresueldos a algunos trabajadores de Sogiese para recuperar ese dinero, presuntamente indebidamente pagado, y devolverlo a la Tesorería General de la comunidad autónoma, con el que correspondiente perjuicio, que a su juicio, había para las arcas públicas. En concreto, la denuncia detallaba que se pagaron 90.000 euros presuntamente de forma indebida por la sociedad pública a cinco de sus empleados, dos de ellos directivos, durante los años 2012, 2013, 2014 y 2015.
En su denuncia, OlaCantabria denunció que la inacción de Sota para no realizar actuaciones tendentes a la recuperación de las cantidades venía determinada por su vinculacion familiar con una de las personas que estaban siendo retribuidas por encima de la previsión legal, que, según este partido, era la propia hija del consejero. Por esta causa, que ahora se archiva, Sota declaró ante el juez en calidad de investigado.
Sin embargo, en el auto del juez se señala que la omisión de actuación del consejero que denuncia OlaCantabria no equivale a "una resolución arbitraria". Además, en la resolución del TSJC se valoran las alegaciones de OlaCantabria para pronunciarse en contra de la solicitud de la Fiscalía y el letrado del Gobierno del archivo de la causa.
NO HACEN FALTA MÁS DILIGENCIAS
Este partido solicitó la continuación del procedimiento y la práctica de nuevas diligencias de investigación al considerar que no se habían realizado las suficientes para acreditar los hechos denunciados. Sin embargo, en el auto, el juez considera que algunas alegaciones de OlaCantabria al sobreseimiento de la causa son "simples valoraciones jurídicas de unos hechos que obran en autos" y que, a su juicio, "no requieren ninguna otra diligencia". Así, considera que las diligencias de investigación solicitadas "son inoperantes a los efectos de desvirtuar los anteriores pronunciamientos".
"La totalidad de dichas diligencias es innecesaria para determinar los elementos nucleares (naturaleza y circunstancias) del hecho investigado", se señala en el auto, en el que se deniega la petición de OlaCantabria de nuevas diligencias.
Considera la Sala que la documentación obrante en autos "es deficiente para determinar, a los efectos de la instrucción, el devenir y la secuencia de las actuaciones del investigado" y son "innecesarias" la práctica de las diligencias que solicita e "innecesarias" algunas testificales que reclama. Pese al sobreseimiento de la causa, el TSJC declara de oficio las costas al considerar que la actuación de la querellante, esto es de OlaCantabria, no se puede calificar de "maliciosa" o "temeraria".