El responsable del ‘puenting’ en el que murió una menor holandesa de 17 años reconoce homicidio imprudente
Se ha rebajado la pena de prisión solicitada de dos años a un año de cárcel.
El responsable de la empresa que organizó la actividad de 'puenting' en un viaducto de la autovía A-8 donde murió una joven holandesa de 17 años en agosto de 2015 ha aceptado una pena de prisión de un año por el delito de homicidio por imprudencia grave. El acusado ha reconocido los hechos que le imputaba la Fiscalía por lo que ésta ha rebajado la pena de prisión solicitada de dos años a un año de cárcel, así como la inhabilitación profesional de cuatro a un año y seis meses. El organizador del 'puenting' se ha conformado con esta petición de la fiscal y también con la indemnización de 140.000 euros para los padres de la joven fallecida, que el Ministerio Público reclama que paguen solidariamente el acusado y la empresa aseguradora que tenía contratada.
El juicio se ha celebrado este martes en el Juzgado de lo Penal número 3 de Santander y, aunque ha habido conformidad en materia penal, no se ha dado la misma situación en la responsabilidad civil, ya que la aseguradora considera que se incumplieron varias cláusulas de la póliza por lo que defiende que no debe ser responsable subsidiaria. El abogado de la aseguradora ha indicado que la póliza establece que la actividad, en este caso el 'puenting', debe realizarse en un lugar "señalizado, protegido y adecuado" y que se tiene que explicar a los participantes "los riesgos" de la actividad y los detalles para su correcta práctica, y "esto no se realizó".
El juicio ha quedado visto para sentencia, en la que se condenará al acusado a un año de prisión por el delito de homicidio por imprudencia grave
Asimismo, ha alegado que tampoco se establecieron las medidas de seguridad adecuadas "porque la menor no tenía línea de vida" ni se requirió a los participantes en el 'puenting' la documentación pertinente, como el documento de identidad, por lo que no se comprobó que la chica era menor, y tampoco la empresa del acusado contaba con autorización administrativa para realizar la actividad de puenting en un lugar que es bien de dominio público. Por ello, la aseguradora considera que "no debe responder solidariamente" de la indemnización a la familia aunque, en caso de que el juzgado determine que sí debe hacerlo, el abogado ha defendido que la cantidad a abonar debería ser de 52.700 euros y no los 140.000 euros que pide la Fiscalía, y a los que se ha adherido la acusación particular, que inicialmente solicitaba 300.000 euros, así como cuatro años de prisión.
Las acusaciones han defendido su petición porque, según ha indicado el letrado de la familia de la víctima, la cantidad de 140.000 euros será para indemnizar a los padres y a las dos hermanas menores de la fallecida, pero la aseguradora ha alegado que "solo el padre se ha personado en el proceso" por lo que la cantidad no puede ser tal y debe reducirse. Frente a la postura de la aseguradora, la defensa del organizador del 'puenting' ha aceptado la petición de las acusaciones de que la indemnización sea de 140.000 euros y que se abone de forma solidaria entre su representado y la aseguradora.
Tras el debate sobre la indemnización, el juicio ha quedado visto para sentencia, en la que se condenará al acusado a un año de prisión por el delito de homicidio por imprudencia grave y en la que la jueza deberá determinar la cantidad indemnizatoria que finalmente recibirá la familia de la joven fallecida.
HECHOS
Los hechos ocurrieron el 16 de agosto de 2015, sobre las 20:30 horas, en el viaducto de la autovía A-8 que pasa sobre el río Cedeja, donde el acusado, titular de la empresa AQUA 21 Aventura, organizó varios saltos desde el arco que sustenta la plataforma. Entre los participantes se encontraba Vera N. M., una menor de 17 años, que no contaba con la autorización paterna para realizar esta actividad, y que subió por la rampa del arco del viaducto hasta colocarse en la parte superior, que se encuentra a 32 metros del suelo, "sin llevar una línea de vida que la conectase en todo momento con la estructura del viaducto con el fin de evitar caídas al vacío".
Una vez que llegó a la parte superior del arco, que no contaba con barandilla, el acusado la puso un casco y un arnés, y "sin esperar a que se la indicase que podía saltar, cosa que aún no podía hacer porque no se había anudado la cuerda que la conectaba a la estructura del viaducto y el sistema de frenado, salto al vacío". A causa de la caída en el suelo, sufrió un traumatismo torácico que la causó una hemorragia aguda y la muerte.