El Gobierno modifica la normativa de vivienda y elimina la cédula de habitabilidad
El Gobierno de Cantabria ha aprobado este jueves el Decreto que regula el programa mínimo, dimensiones e iluminación natural de las viviendas de Cantabria, que incluye como novedad más importante la eliminación del trámite administrativo de solicitud y concesión de la cédula de habitabilidad "para reducir la carga administrativa de la Dirección General de Vivienda, así como para ahorrar burocracia y tiempo al ciudadano".
El consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Roberto Media, ha explicado en un comunicado que la cédula de habitabilidad, que acredita que una vivienda reúne las condiciones mínimas para ser habitada, es a día de hoy "un documento obsoleto, que no aporta seguridad jurídica y que solo genera duplicidades y contradicciones que era necesario corregir", en relación a la aprobación y modificación de diferentes normativas en el ámbito de la edificación desde la entrada en vigor del anterior Decreto, en el año 1991.
"Esto supone un hito en la simplificación administrativa", ha expresado Media, quien ha añadido que, además de eliminar "una gran carga de trabajo" a los funcionarios de la Dirección General de Vivienda, se da respuesta a una "demanda histórica del sector de la construcción y de los propios ayuntamientos".
CARGAS ADMINISTRATIVAS
Tras la aprobación de esta medida en el Consejo de Gobierno, el consejero ha destacado que Cantabria era una de las pocas comunidades autónomas que aún mantenía este trámite en vigor,generando cargas administrativas tanto a la ciudadanía como a las empresas, retrasos en el mercado de la vivienda y, por tanto, un coste económico para la sociedad en su conjunto.
Según ha destacado Media, la cédula de habitabilidad es "un trámite muy habitual y necesario" para cualquier obra en una vivienda, tanto de nueva construcción como para la modificación de elementos estructurales de las ya existentes. De hecho, hasta ahora, la Dirección General de Vivienda debía tramitar este documento hasta en dos momentos diferentes.
El primero, con la redacción del proyecto de construcción o reforma, y el segundo, una vez finalizada la obra a través de la petición de la cédula de habitabilidad con la que la administración comprobaba que la actuación cumplía con las condiciones marcadas por la normativa.
"DOBLE CONTROL"
Un "doble control" que, como consecuencia, generaba "un enorme retraso para promotores y ciudadanos" que esperaban, de media, 6 meses en resolver sus expedientes y concederles el documento. Prueba de ello, Media se ha referido a las 16.364 cédulas tramitadas por su departamento desde el año 2021, una media de 4.000 al año, que no solo suponen un gran volumen de trabajo, sino que, además, impiden la gestión de otros expedientes en materia de vivienda "igual de importantes", ha asegurado.
La administración está para ayudar a los ciudadanos y no para ponerles zancadillas o complicarles la vida
"La administración está para ayudar a los ciudadanos y no para ponerles zancadillas o complicarles la vida", ha expresado Media, quien ha asegurado que estos cambios contribuirán a poner a disposición de los ciudadanos más viviendas provenientes de cambios de uso y rehabilitación.
Así, a partir del próximo lunes, 18 de noviembre, fecha en la que se publicará el Decreto en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), la cédula de habitabilidad quedará suprimida y los expedientes aún sin resolver se archivarán automáticamente. Con ello, la solicitud que los ayuntamientos enviaban hasta ahora para tramitar a la Dirección General de Vivienda quedará eliminada y serán los redactores de los proyectos los que certifiquen el cumplimiento de los parámetros recogidos en el decreto.
"Con esta medida se pone en valor el trabajo realizado por los colegios profesionales y los técnicos habilitados en la materia", ha asegurado Media, quien ha afirmado que los ayuntamientos continuarán siendo las entidades que verifiquen el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad con la concesión de la licencia de obra, de primera ocupación o de otras licencias municipales de uso de viviendas.
Además, Media ha puntualizado que el otorgamiento de la cédula de habitabilidad implicaba exclusivamente que las viviendas cumplían los requisitos técnicos vigentes, pero no suponía la legalización de las construcciones respecto a la adecuación del uso de vivienda a la legalidad urbanística.