Seis años de prisión por robar en casa de una vecina con careta y agredirla durante los Carnavales de Santoña
La mujer afirmó que el agresor era su vecino y que le reconoció "por las voces que daba".
La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la condena a seis años de prisión a un hombre que, ataviado con una careta, llamó a la puerta de la casa de una vecina de 77 años, la agredió y robó varias pertenencias. Los hechos se produjeron en febrero del año pasado en Santoña, durante los Carnavales.
En una sentencia notificada recientemente, el tribunal respalda la resolución del Juzgado de lo Penal nº 2 de Santander que en noviembre pasado consideró al acusado autor de un delito de robo con violencia e intimidación en casa habitada y de otro de lesiones graves.
Además de la pena de prisión, el juez condenó al agresor a indemnizar con 53.000 euros a los herederos de la mujer, que falleció tres meses después de los hechos por causas ajenas a los mismos, según se describe en la resolución.
La Audiencia da valor a la declaración de la mujer en la fase de instrucción, corroborada por "multitud de pruebas directas"
A la hora de determinar la pena, el magistrado tuvo en cuenta la circunstancia agravante de disfraz, ya que el hombre llevaba una careta cuando agredió y robó a la mujer.
Según el relato de la sentencia, el hombre, que conocía a la mujer desde hacía tiempo porque habían sido vecinos, llamó al timbre del domicilio de la anciana llamándola por su apodo.
La mujer entonces abrió la puerta y en ese momento el acusado, "que se había colocado en la cara una careta para evitar ser identificado, golpeó a la mujer". Primero le dio un puñetazo en el ojo izquierdo, lo que motivó que ésta cayera el suelo, y luego la propinó dos patadas, de modo que la mujer "quedó imposibilitada de incorporarse".
"El acusado, aprovechando que la mujer no podía incorporarse, registró la casa e hizo suyos 540 euros en metálico que la anciana guardaba en una cartera en su dormitorio, y una cadena y una medalla de oro", señala la sentencia.
Según el mismo relato, al abandonar el domicilio el hombre "le dijo a la mujer con ánimo de amedrentarla: "tengo que volver y matarte".
PRUEBA RELEVANTE
En su recurso, la defensa del hombre sostuvo la inexistencia de pruebas suficientes, que la mujer falleció antes del juicio oral y que sus manifestaciones durante la fase de instrucción fueron contradictorias.
Sin embargo, la Audiencia considera lo contrario y califica la prueba practicada de "relevante, convincente y evidente", además de "categórica".
"Hay prueba más que suficiente para declarar probados los hechos objeto de acusación", señala el tribunal, que, sin embargo, considera "errática y contradictoria" la posición del acusado a lo largo de todo el procedimiento.
Durante la instrucción, sostuvo que no había estado en la vivienda, y cuando se le mostró un reloj suyo que había aparecido en la casa de la mujer dijo que lo había perdido con anterioridad.
Ya en el juicio, reconoció haber sustraído la cadena y la medalla pero negó la agresión. Dijo que pasó junto al portal, oyó gritos, vio la puerta de la vivienda abierta, llamó y como nadie le contestó vio la cadena de oro y la medalla, las cogió y se marchó.
Para el tribunal, esa versión "es lisa y llanamente imposible de creer". "Lo que dice no se sostiene, no se entiende una mutación tan sustancial en sus manifestaciones", apostilla.
PRUEBAS DIRECTAS
Por el contrario, la Audiencia da valor a la declaración de la mujer en la fase de instrucción, corroborada por "multitud de pruebas directas".
Según la anciana, alguien llamó a la puerta llamándola por su mote, la persona que estaba al otro lado llevaba la cara tapada, la propinó un puñetazo y la hizo caer al suelo, y luego le dio varias patadas.
La mujer afirmó que el agresor era su vecino y que le reconoció "por las voces que daba".
Junto a esta declaración, el juez añade otras pruebas: la propia declaración del acusado que reconoce en su última versión haber estado en la vivienda; la del hombre que le compró las joyas al acusado; y las lesiones padecidas por la anciana, compatibles con la agresión por ella descrita.
"La prueba es tan relevante, convincente y evidente que aludir al derecho a la presunción de inocencia o al principio in dubio pro reo, como se hace en el recurso, resulta del todo punto inasumible", señala la resolución.
Por último, la Audiencia confirma la agravante de disfraz, que fue cuestionada por la defensa, que negó que el hombre llevara careta sino una bufanda, y es que para el tribunal esa prenda también es un elemento "susceptible de impedir o dificultar en grado sumo la identificación facial".
Contra esta sentencia solo cabe recurso extraordinario de casación.