JUSTICIA

El TSJC confirma el derecho de los 43 trabajadores de una contrata de Nissan a acogerse al convenio del metal

Empleado de una fábrica

La sentencia, que ha dado a conocer UGT, ratifica otro fallo judicial previo del Juzgado de lo Social

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado el derecho de 43 trabajadores de la contrata de reparación y mantenimiento de maquinaria de la fábrica de Nissan en Los Corrales de Buelna a acogerse al convenio colectivo sectorial regional del sector siderometalúrgico, tras desestimar un recurso de suplicación de la empresa adjudicataria, Acciona Multiservicios.

La sentencia, que ha dado a conocer UGT, ratifica otro fallo judicial previo del Juzgado de lo Social que estimó una demanda interpuesta por la Federación de Servicios de UGT, rubricada por su secretario de Acción Sindical, José Alberto del Hoyo, que reclamaba el derecho de estos trabajadores a ser regulados por el convenio colectivo del metal y no sólo por el de la empresa.

El TSJC avala los argumentos jurídicos del Juzgado de lo Social, que en su momento estimó que "la pretensión no es otra que la aplicación del convenio colectivo de la industria siderometalúrgica de Cantabria, no pretendiéndose la ruptura o desaparición del convenio colectivo de empresa (el único que se aplicaba), sino la aplicación del primero".

"En caso de que entrara en vigor un convenio colectivo sectorial de ámbito superior al de esta empresa que regule el mismo ámbito personal y funcional, el texto se adecuará al nuevo convenio sectorial en el territorio afectado"

En la sentencia del Juzgado de lo Social que ahora es reafirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria también se precisaba que en el propio convenio colectivo de la empresa Acciona Multiservicios se estipula que "en caso de que entrara en vigor un convenio colectivo sectorial de ámbito superior al de esta empresa que regule el mismo ámbito personal y funcional, el texto se adecuará al nuevo convenio sectorial en el territorio afectado".

Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria sentencia que los trabajadores "tienen derecho a mantener su aplicación hasta la fecha de expiración del convenio colectivo (el del metal)", que como precisaba UGT cuando interpuso la demanda "es un convenio mucho mejor y más amplio que el de la empresa".